Cosas de Reyna

Ayuntamiento Abierto



Apenas el pasado 10 de octubre de 2019, se publicó en el Boletín Oficial del Estado de Sonora una reforma al artículo 50 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. Dos o tres palabras se adicionan al indicado artículo pero que vienen a revolucionar el ejercicio de los ayuntamientos cuyas sesiones públicas podrán ser ordinarias, extraordinarias, solemnes y la novedad, de Ayuntamiento Abierto

La reforma advierte que por lo menos una vez al mes debe celebrarse una sesión del Ayuntamiento Abierto, en la cual los habitantes sean informados de las acciones de gobierno participando de viva voz frente a los miembros del ayuntamiento, procurando que todas las inquietudes planteadas por los ciudadanos en estas sesiones, deben ser abordadas y discutidas por los integrantes de dicho órgano colegiado, dándose respuesta a los ciudadanos de ser posible en la misma sesión. Queda claro que todo esto requiere un proceso.

Así, el Transitorio Artículo Segundo obliga a los Ayuntamientos a que en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la entrada en vigor del Decreto en comento, los ayuntamientos de Sonora deberán establecer los mecanismos pertinentes en su Reglamento Interior. El término fenecerá el 11 de enero de 2020.

Fotografía tomada de Google.com
Resulta necesario puntualizar algunas cuestiones en torno al concepto  de Ayuntamiento Abierto. Esta implementación deriva de la Alianza para un Gobierno Abierto (2011) documento firmado ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, en el que participan más de 70 países. Los fundadores son Brasil, Indonesia, México, Noruega, Filipinas, Sudáfrica, Reino Unido y Estados Unidos. A casi diez años de este compromiso, en México apenas estamos estableciendo rutas y tratando de definir los alcances de la terminología a aplicar.

Existe una marcada confusión entre los conceptos de Ayuntamiento AbiertoDatos AbiertosSesión Abierta y Gobierno Abierto. Sin embargo cada uno tiene sus particularidades y distinciones. Y no, Gobierno abierto no es mantener las puertas abiertas de cada oficina, como tradicionalmente los políticos en campaña prometían como forma de trabajo público.

Los datos abiertos (open data), son aquellos que pueden ser utilizados una y otra vez y distribuidos libremente por cualquier persona; están disponibles en internet. Desde luego, estos datos no contienen información sobre individuos específicos. La particularidad es que no tienen derechos de autor o de patentes o de cualquier otro tipo de control, aunque se espera que el usuario al menos indique la fuente de obtención de la información.

Una sesión abierta (en este caso de Cabildo) se refiere a la sesión pública, las cuales son tanto las ordinarias como extraordinarias, solemnes y de Ayuntamiento Abierto. 

En cuanto al término gobierno abierto, tiene un mayor acercamiento hacia lo que es el Ayuntamiento Abierto, aunque en concreto se refiere más al libre acceso a la información, protección de datos y al acceso de actividades gubernamentales con la finalidad de incidir en forma ciudadana en las acciones de gobierno.

A mayor abundamiento, el Ayuntamiento Abierto no es una hechura nueva. El  Instituto Nacional de Administración Pública, A.C. establece que es una filosofía político-administrativa que irrumpe en el escenario mundial en enero de 2009, haciendo alusión al decreto Memorándum sobre Transparencia y Gobierno Abierto emitido por Barack Obama, siendo presidente de EEUU a quien se atribuye esta invención, aunque otros indican que es una doctrina política nacida en los años 70 en Inglaterra.

En esto de Ayuntamiento Abierto ha tenido mucho que ver el desarrollo de nuevas tecnologías. Fue en Washington DC donde se implementó un concurso ciudadano para desarrollar aplicaciones para la mejora de la gobernabilidad de la ciudad, el resultado fue una enorme participación ciudadana que Obama capitalizó durante su campaña presidencial e instrumentó durante su gobierno. Lo demás es historia,

Ha habido toda una serie de acontecimientos mundiales en torno al tema.

El Ayuntamiento Abierto debe incluir conceptos como transparencia, co-creación o colaboración y participación ciudadana. Se refiere pues a la rendición de cuentas, a la información de lo que la autoridad municipal está realizando, la planeación que está ejecutando, recursos y demás, de tal manera que los ciudadanos puedan colaborar y comprometerse a ser agente de cambio dentro de la propia administración sin ser servidor público. 

Esto me lleva a reflexionar nuevamente en la democracia participativa, tema que abordé anteriormente en otra columna. Hoy por hoy, la democracia representativa que es la que tenemos, resulta insuficiente para atender y ser sensible a los reclamos y necesidades sociales. Al final de cuentas el poder se concentra en unos cuantos que se transforman en gobernantes aislados de la sociedad, que practican la rendición de cuentas, programas y proyectos en forma reactiva pero no proactiva, que sería lo ideal.

Los ciudadanos queremos conocer los procesos de gobierno (diseño, implementación y control de las políticas públicas) a partir de los principios de transparencia y participación ciudadana, no nos bastan los discursos. 

Por eso es importante, vital, conocer los mecanismos que habrán de instrumentar los ayuntamientos para la realización y seguimiento de las sesiones denominadas de Ayuntamiento Abierto que obligatoriamente deben realizar mes con mes. 

Países como Nueva Zelanda, Estados Unidos, Chile, España, Perú y otros tantos, han desarrollado interesantes y exitosas prácticas y políticas públicas que bien valdría la pena revisar para la mejora de la parte que a nuestro país y entornos locales corresponde.