Cosas de Reyna

Asilo Político en México



Esto de que México brinde asilo político a extranjeros no es cosa nueva. Cabe aquí recordar algunos de los casos mayormente emblemáticos: 

León Trotsky, cabeza de la revolución rusa (1936) recibió asilo en México: Fue Diego Rivera, quien por su fama de artista plástico muralista, influyó para que el presidente Lázaro Cárdenas aceptara brindar el tal asilo al revolucionario más perseguido de la época. Inicialmente se instaló en la Casa Azul de Diego Rivera y Frida Kahlo, en Coyoacán. 

Y sí, la versión no oficial es que Frida (ay Fridita, tu siempre tan entregada) tuvo un breve y apasionado romance con Trotsky. Otras versiones refieren que Frida utilizó al revolucionario como venganza hacia Diego, quien había tenido relaciones con Cristina, hermana de Frida. Como sea, Diego corrió a Trotsky y éste se mudó a lo que hoy es el Museo Casa de León Trotsky, muy cerca de la Casa Azul.  Muy revolucionario y todo pero se daba tiempo para el solaz en amores. 

Fotografía tomada de Google.com
Otro caso es el del Sha de Irán, uno de los hombres más ricos del mundo,  derrocado durante la Revolución Islámica de su país después de 38 años en el gobierno. Si bien oficialmente no se le brindó el tratamiento de asilado, lo cierto es que materialmente lo fue. Obtuvo visa de turista para él, su familia y unos cuantos allegados en 1979. El caso concluyó cuando, después de acudir a cirugía a Nueva York, ya no fue recibido de vuelta a México ante la férrea a presión política y una serie de amenazas provenientes de Irán.

Fidel Castro Ruz, el comandante, el compañero, como le apodaban,  representa un caso especial.  Derrocó a la dictadura Batista en 1959 y estableció el primer Estado Socialista en América. Aquí se refugió después de haber permanecido preso en Cuba. Fue en este suelo donde planeó y escribió los manifiestos para la Revolución Cubana con la idea de  derrocar al dictador Fulgencio Batista.

Pudiera seguir con otros tantos ilustres. El punto es en todo caso precisar que Evo Morales no es el primer caso, ni la primer situación que se nos presenta como país en materia de asilo político. Leo tantos comentarios y columnas de opinión, de análisis y demás, con encuentros y desencuentros de ideas, criterios, sentencias fulminantes, que heme aquí tratando de aportar un punto de vista desde lo legal:

A partir del año 2011 durante el mandato del presidente Felipe Calderón Hinojosa se promulgó la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político (Antes Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria[1]

El término Asilo Político, conforme a la indicada norma,  es aquel que se otorga a un extranjero considerado perseguido por cuestiones de carácter político o por delitos del fuero común que tengan conexión con aquellos, siempre y cuanto haya temor fundado de que la vida de la persona, su libertad o seguridad se encuentren en peligro. En el caso de Evo Morales, no tendremos mucha información detallada: la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental la etiqueta como de estricta confidencialidad. En caso de que alguna autoridad requiera información sobre el asilado, deberá solicitarla por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y obligadamente ser tratada con la indicada confidencialidad.

Básicamente el procedimiento inicia con la solicitud del peticionario, presentando por escrito sus razones de asistencia de asilo político agregando todos los elementos que disponga. Incluso la ley considera la presentación de solicitud verbal mas no indica que deba ser personal, de tal forma que pudiera ser incluso vía comunicación telefónica por WhatsApp. 

No me imaginaría  a Evo en ese trance, sobre todo porque al parecer en este caso fue México quien le ofreció el tal asilo. Pudiera imaginar a Marcelo en ese proceso. 

Luego sigue una entrevista con el solicitante para recabar elementos suficientes para el análisis de la solicitud. ¿Que dijo Evo Morales, suponiendo que se haya cumplido con esta disposición legal? La norma indica que la autoridad podrá recabar la mayor información posible sobre la situación prevaleciente en el país de origen, para que sea finalmente la SRE la que decida conceder o no el asilo político, previa opinión de la Secretaría de Gobernación.

Especial mención requiere el artículo 69 de la ley que se comenta y que faculta tanto a la Secretaría de Relaciones Exteriores como a la Secretaría de Gobernación para que en forma coordinada tomen medidas para que, en su caso, el asilado sea trasladado a territorio nacional.

Durante días los mexicanos hemos analizado y escudriñado el periplo de traslado de Evo Morales a nuestro territorio nacional.  Un avión de la Fuerza Aérea Mexicana aterrizó en Cochabamba Bolivia con rumbo a México vía Lima Perú. El tropiezo fue con Bolivia puesto que no le fue permitido sobrevolar ese país.  Regresa a Perú, con escala técnica en Paraguay previo trámite de permisos para cruzar espacio  aéreo con Brasil, Ecuador y de nuevo con Perú.

Una serie de trabas dignas de análisis académico-legal a más del necesario tema político. Queda clara la pronta actuación del gobierno mexicano. Me quedo con esto en tanto vemos el desenlace.






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